Ministerio de Trabajo declara con lugar denuncia de sindicato contra Mary Munive
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) declaró con lugar una denuncia presentada por el Sindicato Nacional de Médicos Especialistas (Siname) contra Mary Munive, ministra de Salud, por prácticas antisindicales.
La denuncia fue interpuesta en enero a raíz de declaraciones realizadas por Munive en un video publicado en Facebook. La jerarca expresó: “no jueguen con la población y mucho menos con el gremio, haciéndoles creer que les están asesorando, por favor, dejen de pagar esas mensualidades e inviertan en otra cosa”.
En el oficio emitido el 18 de junio por la Dirección Nacional de Inspección del MTSS, se estableció que:
Se tiene como hecho probado que la anterior afirmación, realizada por una alta jerarca del Poder Ejecutivo, califica como práctica antisindical al manifestar abiertamente una promoción para la desafiliación de sus agremiados, constituyendo lo anterior según describen Organismos Internacionales y doctrina nacional una evidente y manifiesta violación a los derechos sindicales.
Desde el sindicato celebraron la resolución de las autoridades laborales.
La organización sindical recordó que coaccionar a los afiliados para que renuncien a su organización representa una violación directa a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los cuales garantizan la libertad de afiliación y la protección adecuada de este derecho.
Mario Quesada, presidente de Siname, le recordó a Munive que su accionar van en contra de la norma y la ley laboral de este país, y de los múltiples convenios internacionales que Costa Rica ha firmado.
"Su figura de vicepresidente tiene mucha responsabilidad, pero no le da patente de corso para hacer y decir lo que quiera. Le invito a que construyamos patria, realmente los puestos y los gobiernos pasan, pero la patria no", agregó Quesada.
Tras la resolución, el Ministerio de Trabajo deberá elevar los hechos ante las instancias judiciales correspondientes para que se impongan las sanciones estipuladas en el artículo 366 del Código de Trabajo